A- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Norberto Ordoñez Rodriguez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Inaplicación del precepto constitucional
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Exceso en la potestad reglamentaria
- Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
- Suspensión del decreto que establece reglas de competencia para reparto de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se dirimió el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con ocasión de la tutela instaurada por el ciudadano de la referencia contra el Juzgado 5º Municipal del Circuito de Popayán y el Tribunal Superior de esa misma ciudad, en el sentido de que el competente para conocer de la demanda es el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca.
En consecuencia, se remite el expediente de tutela al citado Tribunal para que adelante la correspondiente actuación judicial.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Dirimir el conflicto de competencia que se ha suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con ocasion de la accion de tutela instaurada por Norberto Ordonez Rodriguez contra el Juzgado 5o Municipal del Circuito de Popayan y el Tribunal Superior de esa misma ciudad, en el sentido de que el competente para conocer de la demanda es el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca.
- Segundo. Remitir al Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca, el expediente de tutela para que adelante la correspondiente actuacion judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.